Permiso de residencia por traslado intraempresarial en España.

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Existen empresas y grupos que tienen sedes o filiales en el extranjero y desean enviar a trabajadores a otras oficinas para formarles o para prestar apoyo puntual a proyectos.

La Autorización de Residencia por Traslado Intraempresarial simplifica la movilidad de trabajadores extranjeros hacia España. Esto facilita que compañías trasladen a sus empleados desde otras ubicaciones para colaborar en sus proyectos y actividades.

¿Qué es la Autorización de Residencia por Traslado Intraempresarial?

Este permiso está pensado para personas que ya tienen un puesto de trabajo en la misma compañía o grupo de empresas. Es decir, estos trabajadores van a cambiar su lugar de trabajo, sin dejar de ser empleados de la misma empresa.

Este aspecto es clave ya que el trabajador mantendrá su contrato en el país de origen. Su empresa seguirá encargándose del salario, las cotizaciones a la seguridad social y las obligaciones legales del empleado.

Además, familiares como cónyuges, parejas de hecho, hijos menores o ascendientes que dependan económicamente del titular pueden solicitar la autorización de residencia para España.

Procedimiento de solicitud

La normativa española ofrece 2 opciones para el traslado intraempresarial de trabajadores extranjeros:

  • Autorización por Traslado Intraempresarial (ICT-UE): Esta autorización se destina a directivos, especialistas y trabajadores en formación que desean desplazarse temporalmente desde una empresa fuera de la Unión Europea a una entidad relacionada en España.
  • Autorización Nacional por Traslado Intraempresarial (ICT Nacional): Esta vía aplica en los supuestos no contemplados en la anterior modalidad. como el traslado de trabajadores para la ejecución de contratos de servicios o por relacione profesionales o cuando se haya superado la duración máxima del traslado.

La elección entre una u otra opción dependerá del tipo de personal que se traslade.

En ambos casos los trabajadores siguen contratados en el país de origen: obtienen el permiso de residencia y trabajo para España pero no les autoriza a ser contratados en España.

Duración del permiso

La vigencia de la autorización coincidirá con la duración del traslado, hasta un máximo de 3 años. El permiso para los trabajadores en formación tendrá una duración máxima de 1 año.

Es posible solicitar la renovación del permiso por periodos de hasta dos años, siempre que se mantengan las condiciones. Sin embargo, es importante tener en cuenta que existen límites de duración máxima para ciertas categorías, como tres años para directivos y especialistas, y un año para trabajadores en formación.

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